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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 y 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la Sociedad "Mirari Iniciativas Creativas, Sociedad Limitada", celebrada con carácter universal el día 20 de diciembre de 2011, ha acordado por unanimidad la escisión parcial de la compañía, mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a la sociedad de nueva creación "Mirari Iniciativas Empresariales, Sociedad Limitada". La sociedad beneficiaria se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, subsistiendo la sociedad escindida que reducirá capital como consecuencia de la escisión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de "Mirari Iniciativas Creativas, Sociedad Limitada" de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los plazos y términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril.
Bilbao, 27 de diciembre de 2011.- El Administrador Único, José Antonio Sáez de Ocariz Fernández.
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