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En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, aplicable por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que el 28 de noviembre de 2012, la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad "Inek Ingeniería y Servicios, Sociedad Limitada" aprobó, por unanimidad, acuerdo de segregación en beneficio de la sociedad "Inek Ingeniería y Consultoría, Sociedad Limitada Unipersonal". El patrimonio segregado consiste en la totalidad de los activos y pasivos pertenecientes a la rama de actividad que agrupa la promoción, la realización de estudios e informes, el asesoramiento y la consultoría, la dirección y control, la promoción, ejecución y mantenimiento y reparación de toda clase de obras civiles, industriales o de edificación, públicas o privadas, por cuenta propia, de la sociedad segregada. Como consecuencia de la segregación se acordó la ampliación de capital en la sociedad beneficiaria por importe de ciento cincuenta y nueve mil ciento sesenta y cuatro euros y quince céntimos de euro (159.164,15 euros).
Los socios y acreedores pueden obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de segregación, así como ejercer el derecho de oposición, que corresponde a los acreedores en el plazo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Barakaldo, 28 de noviembre de 2012.- El Administrador Único.
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