En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el día 28 de noviembre de 2012, las correspondientes Juntas Generales Universales de Socios de las tres sociedades, acordaron la escisión parcial de Estany Llong, Sociedad Limitada y la escisión parcial de Construvalls, Sociedad Limitada, traspasando en bloque por sucesión universal una parte de sus respectivos patrimonios, que forman una unidad económica, a la sociedad beneficiaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y 70 de la LME.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los trabajadores de las sociedades participantes en las escisiones el derecho a obtener texto íntegro de los acuerdos adoptados y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a las escisiones, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la LME.
En Igualada, 28 de noviembre de 2012.- Don Salvador Valls Ruiz, en su condición de administrador único de Vineaki-12, Sociedad Limitada, y en su condición de administrador solidario de las sociedades escindidas Estany Llong, Sociedad Limitada, y Construvalls, S.L.
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