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Documento BORME-C-2012-30789

CONSTRUCCIONES SANT GUIM, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INVERSIONES WASHITA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 231, páginas 33150 a 33150 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-30789

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en relación con los artículos 42, 71 y 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General de Accionistas de la sociedad a escindir Construcciones Sant Guim, S.A., acuerda por unanimidad en fecha de 26 de noviembre de 2012, la escisión parcial y la transmisión en bloque de la unidad económica la sociedad beneficiaria Inversiones Washita, S.L. Dicha sociedad las adquirirá por sucesión universal, recibiendo a cambio los accionistas de la sociedad escindida en su misma proporción de participación, la totalidad de las participaciones sociales que se generen, las cuales son equivalentes al valor de la unidad económica objeto de traspaso referente a la actividad de explotación, inversiones, proyectos y producción inmobiliaria sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión.

Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haber sido aprobada la mencionada escisión, por unanimidad de todos los accionistas de las sociedades en Junta Universal, no se requiere publicación ni depósito previo de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión. Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, el derecho de información de los representantes de los trabajadores sobre la escisión, incluida la información sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir del a publicación del último anuncio de escisión.

Barcelona, 26 de noviembre de 2012.- D. Jaume Canela Forné, Administrador único de la Sociedad Escindida.

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