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Documento BORME-C-2012-30077

SAATCHI & SAATCHI, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PUBLICIS HEALTHCARE COMMUNICATIONS GROUP, S.L.U.
E-LIFE EUROPE, S.L.U.
EXTREMEDEVELOPMENT, S.L.U.
EXTREME GAMING ARENA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 32387 a 32387 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-30077

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de las mercantiles "Saatchi & Saatchi, S.L.", sociedad unipersonal, y de las sociedades "Publicis Healthcare Communications Group, S.L.U.", "E-Life Europe, S.L.U.", "Extremedevelopment, S.L.U.", "Extreme Gaming Arena, S.L.U.", en reunión celebrada en fecha de 9 de noviembre de 2012, adoptó el acuerdo de fusión por absorción de "Saatchi & Saatchi, S.L.", sociedad unipersonal (absorbente) y "Publicis Healthcare Communications Group, S.L.U.", "E-Life Europe, S.L.U.", "Extremedevelopment, S.L.U.", "Extreme Gaming Arena, S.L.U." (absorbidas), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de todos sus Activos y Pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a las sociedades absorbidas, según los términos establecidos en el proyecto de fusión de fecha 29 de junio de 2012, y sirviendo de base a la operación los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2011.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen el derecho a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Madrid, 9 de noviembre de 2012.- Por "Saatchi & Saatchi, S.L.U.", el Secretario no Consejero.- Por "Publicis Healthcare Communications Group, S.L.U.", el Secretario no Consejero.- Por "E-Life Europe, S.L.U.", el Secretario no Consejero.- Por "Extremedevelopment, S.L.U.", el Secretario no Consejero.- Por "Extreme Gaming Arena, S.L.U.", el Secretario no Consejero.

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