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Documento BORME-C-2012-29980

AUDIOVISUAL AVAL, S.G.R.

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 32284 a 32285 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-29980

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de "Audiovisual Aval, Sociedad de Garantía Recíproca", se convoca a sus socios a la Junta General Extraordinaria de la sociedad, la cual se celebrará en Pozuelo de Alarcón (Madrid), en el domicilio social de la entidad, sito en la calle Luis Buñuel, número 2 (ciudad de la Imagen), el próximo día 19 de diciembre, a las 10:00 horas en primera convocatoria y, en su caso, y en segunda convocatoria, el día siguiente, 20 de diciembre, a la misma hora y en el mismo lugar, al objeto de deliberar y decidir sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Palabras de bienvenida e introducción del Presidente de "Audiovisual Aval, Sociedad de Garantía Recíproca".

Segundo.- Cese y nombramiento de consejeros. Fijación, en su caso, del número de miembros integrantes del Consejo.

Tercero.- Reelección o designación, en su caso, de auditores de la sociedad.

Cuarto.- Facultar a los Administradores para la ejecución y elevación a público de los acuerdos adoptados.

Quinto.- Ruegos y preguntas.

Sexto.- Redacción, lectura y designación de interventores para la aprobación, en su caso, del acta de la Junta.

Derecho a la inclusión de asuntos en el orden del día. Los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de una junta general de accionistas incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento de la convocatoria deberá publicarse con quince días de antelación como mínimo a la fecha establecida para la reunión de la Junta. La falta de publicación del complemento de la convocatoria en el plazo legalmente fijado será causa de nulidad de la Junta. Derecho de asistencia. De conformidad con lo dispuesto en los estatutos sociales, todos los socios podrán concurrir personalmente o representados por otro socio a las reuniones de la Junta general, si bien deberán solicitar la correspondiente tarjeta de asistencia que les será facilitada en el domicilio social de la sociedad, hasta cinco días antes de la fecha señalada para la celebración de la reunión. El derecho de asistencia y emisión del voto no podrán ser ejercidos sin la presentación de dicha tarjeta. Los socios que tengan derecho de asistencia a la Junta podrán hacerse representar en esta Junta general por medio de otro socio, en los términos establecidos en el artículo 25 de los estatutos sociales y en el artículo 37 de la Ley 1/1994 de 11 de marzo sobre el Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca, no pudiendo ostentar ningún representante más de diez representaciones, ni un número de votos delegados superior al diez por ciento del total. La representación deberá concederse por escrito y con carácter especial para cada Junta. Derecho de información.-Los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la Junta general. Durante la celebración de la Junta general, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día y, en caso de no ser posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta. Los administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada al amparo de los dos apartados anteriores, salvo en los casos en que, a juicio del presidente, la publicidad de la información solicitada perjudique el interés social. No procederá la denegación de información cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, la cuarta parte del capital social.

Madrid, 13 de noviembre de 2012.- Por el Consejo de Administración, el Presidente, Susana de la Sierra Morón, representante físico del Instituto de las Artes y las Ciencias Audiovisuales.

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