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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el Socio y el Accionista Único de las Sociedades Webasto Product Ibérica, S.L.U. y Diavia Aire, S.A.U. han aprobado, con fecha 5 de noviembre de 2012, la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de Diavia Aire, S.A.U. por parte de Webasto Product Ibérica, S.L.U., mediante la aplicación de la modalidad prevista en el artículo 49 LME.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos del Socio y Accionista Único de las Sociedades Absorbente y Absorbida, aprobando la fusión, y a obtener los balances de fusión.
De acuerdo con el artículo 44 LME los acreedores de Webasto Product Ibérica, S.L.U. y Diavia Aire, S.A.U. podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de las decisiones de fusión, en los términos previstos en el citado artículo.
En Madrid, 5 de noviembre de 2012.- Don Guillermo Frühbeck Olmedo, Secretario no Consejero de Webasto Product Ibérica, S.L.U.; Don Fernando de las Cuevas Castresana, Secretario no Consejero de Diavia Aire, S.A.U.
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