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Documento BORME-C-2012-29092

NORTEMPO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL,S.L. ( SOCIEDAD ABSORBENTE)
EUROEMPLEO EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL,S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
TRABAJO TEMPORAL ANDALUCIA E.T.T., S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 31308 a 31308 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-29092

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

A efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 30 de Junio de 2012, la Junta General de socios de la sociedad Nortempo Empresa de trabajo Temporal, S.L. y el socio único de las entidades Euroempleo Empresa de Trabajo Temporal, S.L., Sociedad Unipersonal, y Trabajo Temporal Andalucía E.T.T., S.L., Sociedad Unipersonal, decidieron proceder a la fusión por absorción de la segunda y la tercera por parte de la primera, Nortempo Empresa de Trabajo Temporal, S.L. y en consecuencia a la disolución sin liquidación de Euroempleo Empresa de Trabajo Temporal, S.L. Sociedad Unipersonal y Trabajo Temporal Andalucía E.T.T., S.L. Sociedad Unipersonal y a la transmisión en bloque de todos sus patrimonios, derechos y obligaciones a Nortempo Empresa de Trabajo Temporal, S. L., con efectos contables desde el 1 de enero de 2012. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción, aprobado y suscrito por los respectivos órganos de administración de todas las sociedades que participan en la fusión con fecha 20 de junio de 2012.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto integro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2011.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión por absorción a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

A Coruña, 19 de octubre de 2012.- El Administrador Único de las sociedades Nortempo Empresa de Trabajo Temporal, S.L. y Trabajo Temporal Andalucía E.T.T., S.L. Sociedad Unipersonal y Consejero Delegado de Euroempleo Empresa de Trabajo Temporal, S.L., Sociedad Unipersonal, don Bartolomé Pidal Diéguez.

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