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Documento BORME-C-2012-25365

MAPALL MUVI, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAPALL MUVI SERVICE & FINANCE, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 181, páginas 27417 a 27417 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-25365

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, (en adelante Ley 3/2009), se hace público que el pasado 10 de septiembre de 2012 el socio único de Mapall Muvi, S.L., Sociedad Unipersonal y el socio único de Mapall Muvi Service & Finance, S.L., Sociedad Unipersonal, aprobaron la Fusión por Absorción entre Mapall Muvi, S.L., Sociedad Unipersonal y Mapall Muvi Service & Finance, S.L., Sociedad Unipersonal, mediante la absorción de la segunda por la primera, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de Mapall Muvi Service & Finance, S.L., Sociedad Unipersonal, y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a Mapall Muvi, S.L., Sociedad Unipersonal, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Mapall Muvi Service & Finance, S.L., Sociedad Unipersonal.

El acuerdo de fusión ha sido aprobado en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, correspondiente a las sociedades absorbida y absorbente, con fecha 2 de agosto de 2012.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la citada Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Fusión de cada una de las mencionadas sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Igualmente, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante un plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 11 de septiembre de 2012.- Doña Maria Luz Pérez de Villaamil Muñoz Calero, Administradora Única de Mapall Muvi, S.L. Sociedad Unipersonal- Don Leopoldo Pérez de Villaamil Alfaro, Representante persona física de Mapall Muvi, S.L. Sociedad Unipersonal, Administradora Única de Mapall Muvi Service & Finance, S.L. Sociedad Unipersonal.

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