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Documento BORME-C-2012-25219

NATUREX SPAIN, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BURGUNDY BOTANICAL EXTRACTS IBERIA, S.A.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 27265 a 27265 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-25219

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), y de conformidad con el procedimiento de fusión regulado por el Capítulo I del Título II de la LME, se hace pública la decisión del Socio Único de Naturex Spain, S.L.U. y de Burgundy Botanical Extracts Iberia, S.A.U., adoptada el día 30 de agosto de 2012, por la que el Socio Único de ambas sociedades aprueba la fusión por absorción de Burgundy Botanical Extracts Iberia, S.A.U. ("Sociedad Absorbida"), por parte de Naturex Spain, S.L.U. ("Sociedad Absorbente").

Se hace saber que la fusión se ajusta estrictamente a los términos del proyecto común de fusión por absorción, redactado y debidamente aprobado por la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida.

Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y Naturex Spain, S.L.U., como Sociedad Absorbente, adquirirá en bloque, como sucesora universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, quedando la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción.

Dado que tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas por el mismo socio único, la fusión tiene el carácter especial de fusión asimilada a la absorción de sociedad íntegramente participada, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1, en relación con el artículo 49.1 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores, tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad Absorbida, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el mismo texto legal, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Quart de Poblet, 31 de agosto de 2012.- Los Administradores Solidarios de Burgundy Botanical Extracts Iberia, S.A.U. y de Naturex Spain, S.L.U.

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