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Documento BORME-C-2012-25215

ALTAMIRA SANTANDER REAL ESTATE, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MESENA SERVICIOS DE GESTIÓN INMOBILIARIA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 27261 a 27261 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-25215

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de Altamira Santander Real Estate, Sociedad Anónima (en adelante, "Altamira"), celebrada en Boadilla del Monte (Madrid) el día 17 de septiembre de 2012, y de Mesena Servicios de Gestión Inmobiliaria, Sociedad Anónima (en adelante, "Mesena"), celebrada en Madrid el día 17 de septiembre de 2012, después de aprobar el proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por sus respectivos Consejos de Administración en sendas reuniones celebradas el día 9 de mayo de 2012, y los correspondientes Balances de fusión, ambos cerrados a 31 de diciembre de 2011, aprobaron la fusión entre Altamira y Mesena, mediante absorción de la segunda por la primera, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación, de Mesena y la transmisión en bloque a título universal de su patrimonio social a Altamira, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Mesena, aumentando Altamira su capital social en la cuantía necesaria para atender al canje de las acciones de Mesena por las de Altamira.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 29 de junio de 2012.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión de cada una de las mencionadas sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Boadilla del Monte (Madrid), 17 de septiembre de 2012.- Doña Alicia Beatriz Muñoz Lombardía, Secretaria del Consejo de Administración de Altamira Santander Real Estate, Sociedad Anónima. Don Mauricio Corral Escribano, Secretario del Consejo de Administración de Mesena Servicios de Gestión Inmobiliaria, Sociedad Anónima.

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