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Documento BORME-C-2012-23942

BEGAR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BEGAR CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A.U.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
MALOFA COMODITIES, S.A.U.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 25870 a 25870 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-23942

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad absorbente y la toma de decisiones de los accionistas únicos de las sociedades absorbidas, celebradas todas ellas el 30 de junio de 2012 con el carácter de universal, han acordado la fusión por absorción por parte de Begar, S.A., como sociedad absorbente de las sociedades Begar Construcciones y Contratas, S.A.U. (Sociedad Unipersonal) y Malofa Comodities, S.A.U. (Sociedad Unipersonal) como sociedades absorbidas, siendo la sociedad absorbente Begar, S.A., titular de la totalidad de las acciones en que se divide el capital social de las mercantiles absorbidas, Begar Construcciones y Contratas, S.A.U. (Sociedad Unipersonal) y Malofa Comodities, S.A.U. (Sociedad Unipersonal), con extinción de la personalidad jurídica de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio social a favor de la sociedad absorbente, con asunción y subrogación de ésta en todos los bienes, derechos, obligaciones, acciones y contratos que integren el patrimonio de las sociedades absorbidas y, por tanto, incorporándose en bloque a la sociedad absorbente todos los activos y pasivos de las sociedades absorbidas, que se extinguen sin liquidación, todo ello conforme al proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2012.

Se informa expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, del derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores. Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio.

Valladolid, 8 de agosto de 2012.- El Administrador Único de la sociedad absorbente y los Administradores Únicos de la sociedades absorbidas.

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