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Documento BORME-C-2012-20644

REAL JAÉN CLUB DE FÚTBOL, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 123, páginas 22422 a 22422 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-20644

TEXTO

De conformidad con lo previsto en los Estatutos el Real Jaén, C.F. S.A.D, se convoca Junta General Extraordinaria de la sociedad, a celebrar en Jaén, en el Nuevo Estadio de la Victoria, el próximo veintiséis de julio a las 19:30 horas en primera convocatoria y, el próximo veintisiete de julio a la misma hora en segunda y última convocatoria para tratar el siguiente

Orden del día

Primero.- Válida constitución de la Junta. Nombramiento de Presidente y Secretario de la Junta.

Segundo.- Cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración.

Tercero.- Nombramiento de Auditores de cuentas.

Cuarto.- Informe del Presidente del Consejo de Administración.

Quinto.- Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales, informe de gestión y propuesta de aplicación del resultado de los ejercicios siguientes 2009/2010 y 2010/2011.

Sexto.- Censura y, en su caso, aprobación de la gestión realizada por el Consejo de Administración durante los ejercicios siguientes 2009/2010 y 2010/2011.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Octavo.- Lectura y aprobación del acta. Delegación de facultades para la ejecución de los acuerdos.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los accionistas de obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la junta. De acuerdo con el artículo 16 de los estatutos sociales podrán asistir personalmente a la Junta los accionistas que acrediten ser titulares de, al menos, 50 acciones inscritas a su nombre, con cinco días de antelación, como mínimo, en el Registro de Acciones nominativas de la Sociedad, pudiendo solicitar y obtener, en cualquier momento, desde la publicación de la convocatoria, hasta la iniciación de la Junta, la correspondiente tarjeta de asistencia. Los titulares de acciones en número inferior al mínimo exigido para la asistencia personal a la Junta, podrán agruparse hasta alcanzar el mismo sin que sea permisible desmembrar, a estos efectos, aquellas acciones que figuren inscritas a nombre de un mismo titular, debiendo asistir representadas por una misma persona. Todo accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona aunque no sea accionista a medio de poder especial específico para la Junta. Desde el mismo anuncio de convocatoria de la Junta hasta su celebración podrán obtener en las oficinas del Club la correspondiente tarjeta de asistencia.

Jaén, 14 de junio de 2012.- Rafael Teruel Lara, Presidente Consejo Administración.

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