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Se hace público que las Juntas Generales de socios de Agora Solutions, S.A., y Agora Solutions Group, S.L., respectivamente, adoptaron el 11 de mayo de 2012, los siguientes acuerdos:
Aprobar por unanimidad la fusión por absorción de Agora Solutions Group, S.L., por parte de Agora Solutions Group, S.A., con extinción por disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque por sucesión universal de todo su patrimonio a la sociedad absorbente; así como aprobar los balances de fusión de cada una de las sociedades.
Se hace constar, de forma expresa, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades fusionadas de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Asimismo y a los efectos oportunos, se hace constar que Agora Solutions, S.A., ha acordado la amortización de las 94.893 acciones propias de las que deviene titular como consecuencia de la fusión, mediante la reducción de capital social en la cuantía de 94.893 euros, al que asciende el valor nominal de las mencionadas acciones.
Los acreedores de la Sociedad Agora Solutions, S.A., podrán oponerse a la reducción de capital acordada, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de reducción, en los términos previstos en los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.
La ejecución del acuerdo, si no obstase impedimento legal para ello, se llevará a efecto, una vez transcurrido un mes desde el último anuncio, y en el plazo máximo de un mes a partir de dicha fecha.
Madrid, 11 de mayo de 2012.- El Administrador Único de las Sociedades Agora Solutions, S.A., y Agora Solutions Group, S.L., don José Ramón Riera Gómez.
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