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Documento BORME-C-2012-1280

ONCELA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
CONSTRUCCIONES ARRIBAS GOZALO, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA Y BENEFICIARIA)
PROMOCIONES ARRIBAS MARÍN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 18, páginas 1317 a 1317 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-1280

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, la Junta General de Accionistas de la entidad "Oncela, S.A. "(sociedad parcialmente escindida), en su sesión celebrada en su domicilio social, con carácter universal el 3 de enero de 2012, adopta por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la misma, mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a Construcciones Arribas Gozalo, S.A., ya existente, beneficiaria de la misma. Igualmente la Junta General de Accionistas de la entidad "Construcciones Arribas Gozalo, S.A. "(sociedad parcialmente escindida), en su sesión celebrada en su domicilio social, con carácter universal el 3 de Enero de 2012, adopta por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la misma, mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a Promociones Arribas Marín, S.L., beneficiaria de la misma.

Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, con la asistencia de todos los socios y adoptados por unanimidad, no son aplicables a esta operación las normas generales sobre el proyecto y el balance de escisión que se establecen en la ley 3/2009. Además de acuerdo con el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (LME) y demás normativa aplicable a estas operaciones, no se exige la emisión de informes expertos independientes relativos a la escisión.

Las escisiones se realizan tomando como Balances de escisión los balances cerrados a 31 de Diciembre de 2011, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo de escisión y en el Proyecto de escisión, elaborado por los órganos de administración de las sociedades con fecha 2 de enero de 2012 y que se encuentra depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, los socios y acreedores de las sociedades que se escinden parcialmente tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho a oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión.

Madrid, 16 de enero de 2012.- El Administrador Único de "Oncela, S.A." y "Construcciones Arribas Gozalo, S.A.", Gonzalo Arribas Gozalo.

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