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Documento BORME-C-2012-1181

NETBOOSTER SPAIN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EVOLNET MEDIA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 17, páginas 1218 a 1218 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-1181

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el proyecto común de fusión de Evolnet Media, S.L. que será absorbida por Netbooster Spain, S.L., redactado y suscrito por el administrador Único de ambas sociedades con fecha 26 de diciembre de 2011 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 5 de enero de 2012; proyecto que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2º, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con el citado artículo 51.1 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades, el proyecto común de fusión y las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, así como el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los textos íntegros de dicha documentación. No ha de efectuarse informe de experto independiente al tratarse de absorción de sociedad íntegramente participada.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 18 de enero de 2012.- Don Luis Gonzaga Esteban Blein, Administrador Único de "Netbooster Spain, S.L., Sociedad Limitada Unipersonal", y representante permanente de "Netbooster Spain, S.L., Sociedad Limitada Unipersonal", Administrador Único de "Evolnet Media, S.L., Sociedad Limitada Unipersonal".

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