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Documento BORME-C-2011-949

INDUSTRIAS QUÍMICAS TEXTILES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 11, páginas 995 a 996 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2011-949

TEXTO

Reducción de Capital. Simultáneo aumento de Capital y anuncio de oferta de suscripción de la nueva emisión de acciones.

La Junta General Extraordinaria del 30 de diciembre de 2010 ha acordado lo siguiente:

1. Reducir el capital en un 45%, lo que equivale a su reducción en la cuantía de 3.141.245 euros, hasta dejarlo en la cifra de 3.839.299,44 euros, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas. Se ha tomado como base el balance de la sociedad cerrado el 30 de junio de 2009, verificado por el auditor de cuentas de la sociedad y aprobado por la junta general.

La reducción se realiza mediante la disminución en un 45% del valor nominal de todas las acciones en que está dividido el capital, es decir:

1.1. La Serie A, comprensiva de 1.110.000 acciones, ve reducido el valor nominal de cada una de ellas en 2,70455445 euros, es decir, de un valor nominal de 6,010121 euros a otro de 3,30556655 euros.

1.2. La Serie B, comprensiva de 72.608 acciones, ve reducido el valor nominal de cada una de ellas en la cifra de 1,917 euros, es decir, de un valor nominal de 4,26 euros a otro de 2,343 euros.

En cuanto la reducción tiene la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial, no existe derecho de oposición a favor de los acreedores sociales.

2. Aumentar el capital en la suma de 518.824,50 euros, hasta la cifra de 4.358.123,94 euros, mediante aportaciones dinerarias. Para ello, se emiten 159.812 nuevas acciones ordinarias al portador de la misma clase que las anteriores y de las siguientes series:

2.1. Serie A: 150.000 nuevas acciones, de 3,30556655 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1.110.001 a la 1.260.000, ambas inclusive.

2.2. Serie B: 9.812 nuevas acciones, de 2,343 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 72.609 a la 82.420, ambas inclusive.

Las nuevas acciones tienen los mismos derechos y obligaciones que las anteriores.

Se reconoce el derecho de suscripción preferente en favor de los accionistas de la sociedad en el citado aumento de capital, en proporción al valor nominal actual de las acciones que ya poseen (tras la reducción de su valor nominal) y respecto de la Serie de acciones de las que sean titulares con anterioridad.

El derecho de suscripción preferente podrá ejercerse desde la celebración de la Junta General citada y hasta los dos meses contados desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Las nuevas acciones suscritas podrán desembolsarse mediante ingreso en metálico de su importe en las cuentas bancarias abiertas a nombre de la sociedad, ingreso en el que deberá identificarse el suscriptor e indicarse que se realiza en concepto de desembolso de aumento del capital social.

El derecho de suscripción preferente se ejercitará en el plazo indicado mediante comunicación escrita a la sociedad, a la que se acompañará el resguardo acreditativo del desembolso realizado.

En cuanto a los derechos de suscripción preferente sobrantes, por no alcanzar un número entero de nuevas acciones, los accionistas podrán agruparse con otros accionistas que posean otros derechos de preferencia sobrantes hasta alcanzar el número de derechos que autoriza a suscribir un número entero de acciones o adquirir derechos de preferencia sobrantes hasta alcanzar ese mismo número de derechos.

Caso de quedar incompleta la suscripción del aumento acordado en el plazo que se señala, el Consejo de Administración podrá ofrecer las acciones no suscritas a las personas que libremente determine para su suscripción total o parcial en un plazo adicional de dos meses. Transcurrido este segundo periodo, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones realmente efectuadas, estando facultado el Consejo de Administración para la ejecución del acuerdo, en cuanto a la determinación de la cifra de capital social que resulte efectivamente suscrita, caso de quedar incompleta la suscripción, y para la redacción del nuevo artículo estatutario.

Andoain (Guipúzcoa), 30 de diciembre de 2010.- Secretario del Consejo de Administración, Íñigo Bilbao Mancisidor.

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