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Documento BORME-C-2011-8486

EUROINNOVA FORMACIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
HERMOD LOGÍSTICA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 8996 a 8996 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-8486

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, las sociedades Euroinnova Formación, S.L. y Hermod Logística, S.L., anuncian su acuerdo de fecha 18 de marzo de 2011, de escisión parcial de la sociedad Euroinnova Formación, S.L., que sin extinción, traspasará en bloque parte de su patrimonio a la sociedad preexistente Hermod Logística, S.L.

El patrimonio que traspasará la sociedad escindida a la sociedad beneficiaria, consistirá exclusivamente en activos destinados a la actividad de Mensajería, que actualmente constituye una unidad económica independiente en la sociedad escindida.

Como consecuencia del acuerdo de escisión parcial, Euroinnova Formación, S.L., escindirá activos afectos por valor de 63.782,29 €, reduciendo su reservas voluntarias por el mismo importe. Asimismo, Hermod Logística, S.L. aumentará sus reservas por valor de 63.782,29 €, siendo proporcional esta magnitud al valor del patrimonio escindido.

La sociedad beneficiaria se ha subrogado en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, no afectando la escisión a la cifra de capital social de ambas sociedades, por realizarse la escisión parcial con cargo a reservas de libre disposición.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión.

De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades que participan en la escisión, en los términos que resultan del citado precepto.

Atarfe, 18 de marzo de 2011.- El Administrador Único, don Francisco Javier Moreno Hidalgo.

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