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Documento BORME-C-2011-7409

SOCIEDAD DON QUIJOTE DE CONMEMORACIONES CULTURALES DE CASTILLA-LA MANCHA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INSTITUTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE CASTILLA-
LA MANCHA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 7868 a 7868 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-7409

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en las Juntas Generales Extraordinarias de las citadas sociedades, celebradas el día 9 de marzo de 2011, el Socio Único aprobó la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Instituto Don Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de Castilla-La Mancha, S.A. (Sociedad Unipersonal)", antes "Sociedad Don Quijote de Conmemoraciones Culturales de Castilla-La Mancha, S.A. (Sociedad Unipersonal)", de "Instituto de Promoción Turística de Castilla-La Mancha, S.A. (Sociedad Unipersonal)", mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los Estatutos Sociales, conforme a los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito por los miembros de los órganos de Administración de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Toledo.

El acuerdo de fusión incluye la modificación, entre otros, del artículo primero de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente resultante, relativo a su denominación social, que tras la fusión pasará a ser "Instituto Don Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de Castilla-La Mancha, S.A. (Sociedad Unipersonal)".

Se hace constar, el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Toledo, 9 de marzo de 2011.- La Administradora Única de Sociedad Don Quijote de Conmemoraciones Culturales de Castilla- La Mancha, S.A. (Sociedad Unipersonal), Doña María Luisa Araújo Chamorro, y el Secretario del Consejo de Administración de Instituto de Promoción Turística de Castilla-La Mancha, S.A. (Sociedad Unipersonal), Don Ángel Sal de Rellán Álvarez.

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