En los autos de procedimiento ordinario que en este Juzgado de lo Mercantil se siguen a instancia de la Procuradora doña María Albarracín Pascual en nombre y representación de doña Carina Zapata Gil contra Nuevo Encinar, S.A., con C.I.F. número A81572737 representada por la Procuradora doña Matilde Sanz Estrada, se ha acordado lo siguiente:
1.- La disolución de la entidad Nuevo Encinar, S.A., por concurrir causa legal.
2.- La inscripción de dicho pronunciamiento en la Hoja Registral del Registro Mercantil de Madrid correspondiente a dicha sociedad demandada.
3.- Y, además, la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación del lugar del domicilio social, conforme previene el artículo 263 de la TRLSA.
Madrid, 30 de julio de 2010.- La Secretario Judicial.
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