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Documento BORME-C-2011-536

TOPHOTELS, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 6, páginas 569 a 570 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2011-536

TEXTO

Junta General Extraordinaria de Accionistas Los Administradores mancomunados convocan a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará en Benidorm (Alicante), Avenida de L’ Aigüera, número 15, el próximo día 20 de febrero de 2011, a las 11 horas, en primera convocatoria, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de la fusión por absorción de las Sociedades "Tophotels, S.A.U." y "Prestación de Servicios Exteriores, S.A.".

Segundo.- Acuerdo sobre la propuesta de fusión, de acuerdo con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Alicante. Aprobación, en su caso, como balance de fusión, del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2010.

Tercero.- Delegación de facultades para formalizar, subsanar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas.

Cuarto.- Lectura y, en su caso, aprobación del Acta de la Junta General Extraordinaria.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 212 de la Ley de Sociedades Anónimas, a partir de esta convocatoria cualquier accionista puede obtener, de forma inmediata y gratuita, el proyecto, el balance de fusión, así como el resto los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta. Menciones relativas al proyecto de fusión 1.-Sociedad absorbente: Tophotels, S.A.U., A53418323, Registro Mercantil de Alicante, tomo 2.365, Libro 0, folio 70, Sección 8, Hoja A60577, Inscripción 1; Sociedad absorbida: Prestación de Servicios Exteriores, S.A., A 53465605, Registro Mercantil de Alicante, tomo 2.325, Libro 0, folio 14, Sección 8: Hoja A58509, Inscripción 1 2.- Las razones de la fusión son: La necesidad de simplificar la estructura empresarial y la reducción de costes administrativos. 3.- Por la presente fusión, la sociedad Tophotels, S.A.U., incorporará por sucesión universal a su balance todos los bienes,derechos y obligaciones de la sociedad absorbida de la que la absorbente es la única titular indirectamente, por lo que no ha existido cambio de acciones ni otro tipo de modificación estaturaria. 4.-No será necesario modificación alguna de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente, ni de la composición de su órgano de administración. 5.- No se otorgarán, ni existen titulares de acciones especiales en la sociedad absorbente, ni titulares de derechos especiales en la sociedad absorbida. 6.- No se atribuye ventaja de clase alguna en la Sociedad absorbente a los Administradores. 7.-Las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del mismo día de otorgamiento e la escritura de fusión ante Notario. 8.-Se consideran balances de fusión los últimos balances anuales de cada sociedad, cerrados a 31 de diciembre de 2010. 9.- La fusión se acoge al régimen tributario del capítulo VIII del título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades. 10.- La fusión lleva aparejada la total asunción por parte de la Sociedad absorbente de todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida.

Benidorm ( Alicante), 30 de diciembre de 2010.- Administradores Mancomunados: Don Joaquín Pérez Crespo y Don Joaquín Pérez Cano.

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