Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales ("LME"), se hace público que, en fecha 4 de marzo de 2011, los socios únicos de CASALS VENTILACIÓN, S.L.U. (sociedad segregada) y CASALS VENTILACIÓN IND, S.L.U. (sociedad beneficiaria), han acordado la segregación de CASALS VENTILACIÓN, S.L.U., de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 42 LME mediante el traspaso en bloque por sucesión universal a favor de la sociedad beneficiaria de las unidades económicas de las ramas de la actividad industrial y comercial desarrolladas actualmente por la sociedad segregada, recibiendo a cambio CASALS VENTILACIÓN, S.L.U. la totalidad de las participaciones sociales creadas a raíz del aumento de capital de CASALS VENTILACIÓN IND, S.L.U.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace público el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la segregación de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación. Se informa igualmente a los señores acreedores de su derecho a oponerse a la segregación en el plazo y términos previstos en el artículo 44 LME.
Sant Joan de les Abadesses (Girona), 4 de marzo de 2011.- Javier Riba Calomarde, vicepresidente del Consejo de Administración de Casals Ventilación, S.L.U. y administrador único de Casals Ventilación Ind, S.L.U.
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