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Documento BORME-C-2011-38098

SPOSA Y MODA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GARCÍA BERNÁRDEZ, S.L.
CASABLANCA DIFUSIONES, S.L.
CASABLANCA INVERSIONES Y MERCADO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 40573 a 40573 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-38098

TEXTO

Se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 1 de noviembre de 2011, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Sposa y Moda, Sociedad Limitada, de Garcia Bernardez, Sociedad Limitada, Casablanca Difusiones, Sociedad Limitada, Casablanca Inversiones y Mercado, Sociedad Limitada, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen sus patrimonios a la sociedad absorbente, y con ampliación del capital social de la sociedad absorbente como resultado de la fusión, en 1.078.940 euros, mediante la emisión de 53.947 nuevas participaciones sociales, de 20 euros de valor nominal, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes el mismo día 1 de noviembre de 2011 y del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por el que no resultan aplicables las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión se establecen en las Secciones II y III de su Capítulo I, así como tampoco las normas relativas a la información sobre la fusión previstas en el artículo 39 ni las relativas a la adopción del acuerdo de fusión, a la publicación de la convocatoria de la junta y a la comunicación, en su caso, a los socios del proyecto de fusión previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 40.

La fecha a efectos contables de la fusión se ha fijado en el 1 de enero de 2011.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sevilla, 30 de noviembre de 2011.- Don Manuel García Álvarez, Administrador Único de Sposa y Moda, Sociedad Limitada; García Bernárdez, Sociedad Limitada; Casablanca Difusiones, Sociedad Limitada; Casablanca Inversiones y Mercado, Sociedad Limitada.

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