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Documento BORME-C-2011-36333

ALLFUNDS BANK S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALLFUNDS ALTERNATIVE SOCIEDAD DE VALORES, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 38723 a 38723 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-36333

TEXTO

Anuncio de Fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME") se hace público que la Junta General de accionistas de Allfunds Bank, S.A. ("Allfunds Bank" o "sociedad absorbente") ha acordado con fecha 22 de noviembre de 2011, la fusión simplificada por absorción de Allfunds Alternative Sociedad de Valores, S.A.U. ("Allfunds Alternative" o "sociedad absorbida") por Allfunds Bank.

En virtud de lo establecido en el artículo 49 de la LME, no resulta necesaria la aprobación de la fusión por parte del accionista único de Allfunds Alternative, al estar íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente.

El proyecto de fusión fue redactado y suscrito por los Consejos de Administración de la sociedad absorbida y la sociedad absorbente con fecha 30 de junio de 2011 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 7 de julio de 2011. Dicho proyecto de fusión se ha elaborado sobre la base de los Balances de Allfunds Bank y Allfunds Alternative cerrados a 31 de diciembre de 2010, considerados los dos como Balances de fusión.

La ejecución de la fusión está condicionada a la obtención de las autorizaciones que se precisen del Ministerio de Economía y Hacienda y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

En cumplimiento del citado artículo 43 de la LME, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de ambas sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a ella con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio del acuerdo de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME. A tal efecto, los acreedores que pretendan oponerse a la fusión deberán dirigir un escrito al Consejo de Administración de Allfunds Bank o de Allfunds Alternative, a la dirección calle La Estafeta número 6 (La Moraleja) Alcobendas, 28019, Madrid, en el que se identifique el crédito en virtud del cual se opone, se justifique su titularidad o legitimación en relación con el mismo y se acredite que (a) ha nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de fusión, (b) no ha vencido y (c) no se encuentra debidamente garantizado.

Madrid, 22 de noviembre de 2011.- Don Gonzalo Álvarez Valentín, Secretario no consejero del Consejo de Administración de Allfunds Bank, S.A. y de Allfunds Alternative, Sociedad de Valores, S.A.U.

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