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Documento BORME-C-2011-35843

ACERVO, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INMOBILIARIA DE EMPRESAS DE LANGREO, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 38212 a 38212 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-35843

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que por el socio único, Duro Felguera, Sociedad Anónima, tanto de la sociedad absorbente como de la sociedad absorbida, se tomó el acuerdo de fusión de ambas, en virtud del cuál la sociedad absorbida Inmobiliaria de Empresas de Langreo, Sociedad Anónima, se extinguirá sin liquidación, traspasando en bloque la totalidad de su patrimonio a Acervo, Sociedad Anónima como sociedad absorbente, conforme se contiene en el Proyecto de Fusión de 30 de Septiembre de 2011, depositado por los administradores de ambas sociedades en el Registro Mercantil de Asturias.

El proceso de fusión es el incluido en el artículo 49 de la Ley 3/2009 en relación con el artículo 52-1 de la citada norma, al estar ambas sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, no siendo por tanto necesaria la aprobación de la fusión por las juntas generales de las sociedades que se fusionan, ni informe de expertos, ni de los administradores, así como tampoco el tipo de canje de valores.

La fusión no supondrá un aumento del capital social de la absorbente y los Estatutos Sociales tras la fusión son los actualmente vigentes de la sociedad absorbente con modificación del artículo 2º que amplía el objeto social para incluir el de la absorbida.

La fecha de retroacción de los efectos contables será el día 1 de Enero de 2011, fecha a partir de la cuál Acervo, Sociedad Anónima. sucede a título universal en todos sus derechos y obligaciones a Inmobiliaria de Empresas de Langreo, Sociedad Anónima. El balance de fusión es el que resulta a fecha 1 de Julio de 2011.

Se hace constar a los efectos del Artículo 43 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009.

Gijón a, 7 de noviembre de 2011.- Mariano Blanc Díaz, Administrador Único de Acervo, Sociedad Anónima Unipersonal (absorbente) y de Inmobiliaria de Empresas de Langreo, Sociedad Anónima Unipersonal. (absorbida).

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