De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de la sociedad Hermanos Robledo S.A., celebrada el 19 de octubre de 2011, acordó por unanimidad, la escisión parcial de una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica independiente, consistente en el alquiler de naves industriales, para el almacenamiento y manipulación de todo tipo de productos de cualquier clase, perecederos, industriales, de fontanería, saneamiento y construcción y su traspaso en bloque a la sociedad Logística Robledo S.L. (Sociedad beneficiaria) de nueva creación, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes a la unidad económica segregada.
La escisión se acordó en los términos del proyecto de escisión parcial de fecha 15 de octubre de 2011 redactado por los administradores de "Hermanos Robledo S.A. " y depositado en el Registro Mercantil de Asturias el 21 de octubre de 2.011.
Conforme al artículo 42 reseñado, al haberse tomado el acuerdo de escisión en Junta Universal y con acuerdo unánime de todos los socios, no ha sido preciso publicar el proyecto de escisión, ni cumplir los requisitos de convocatoria de la Junta, balance de escisión e información a los socios.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la Sociedad que se escinde parcialmente a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad escindida de oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Sevares (Asturias), 31 de octubre de 2011.- Los Administradores solidarios, Javier Robledo García, Rafael Robledo Mayo y Santiago Robledo García.
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