En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Kudeatu, S.L.P., y Cetamur, S.L., en sesiones celebradas el día 2 de noviembre de 2011, con el carácter de universales, en sus respectivos domicilios sociales, aprobaron por unanimidad la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de Cetamur, S.L., por Kudeatu, S.L.P., adquiriendo Kudeatu, S.L.P., en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo los balances de fusión cerrados a 31 de agosto de 2011.
Se hace constar expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos Sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de ambas sociedades, de oposición a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Arrasate, 3 de noviembre de 2011.- El Administrador único, don Félix Leceta Segurajauregui.
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