Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 31 de octubre de 2011, las Juntas Generales y Universales de las indicadas entidades acordaron por unanimidad la Fusión de las mismas, mediante la Absorción por Condominios del Cable, S.L. (absorbente) de Caesur, S.L. (absorbida), con la consiguiente disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la absorbida, con el correspondiente aumento de capital de la sociedad absorbente y modificación del artículo seis de los Estatutos Sociales.
Dado que las sociedades participantes de la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y adoptan unánimemente el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión previsto en el artículo 42, de la Ley 3/2009.
Se hace constar que se aprobaron los respectivos Balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2010 como Balances de fusión y que las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2011.
Asimismo, se ha acordado que la sociedad absorbente adopte como denominación social, la de la sociedad absorbida. Por tanto, se ha acordado modificar la denominación social de la compañía CONDOMINIOS DEL CABLE, S.L., por la de CAESUR, S.L. con la correspondiente modificación del artículo uno de los Estatutos Sociales.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a pedir la entrega o envío gratuito de la copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley 3/2009. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la indicada Ley 3/2009.
Sevilla, 4 de noviembre de 2011.- Los Administradores Solidarios de Condominios del Cable, S.L. y Caesur, S.L., D. Patricio Moya Moya y Dª. María Dolores Castro Fuentes.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid