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Documento BORME-C-2011-34618

AUSY SERVICIOS DE INGENIERÍA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ELAN-AUSY ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 36924 a 36924 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-34618

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley 3/2009"), se hace público que, en fecha 4 de noviembre de 2011, el socio único de Ausy Servicios de Ingeniería, Sociedad Limitada Unipersonal (anteriormente denominada Aptus España, Sociedad Limitada Unipersonal, (la "Sociedad") ha acordado la fusión por absorción entre la Sociedad (sociedad absorbente) y Elan-Ausy España, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida), con la consiguiente disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y atribución a la sociedad absorbente del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a título universal.

Las sociedades participantes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y la sociedad absorbente es titular directa del 100 por 100 de las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida. Así, de conformidad con los artículos 42 y 49.1 de la Ley 3/2009, no ha sido necesario elaborar un proyecto de fusión, elaborar los informes de los Administradores sobre el proyecto de fusión, ni utilizar Balances de fusión de una antigüedad determinada. En este sentido, se aprobaron, como Balances de fusión, los balances de ambas sociedades cerrados a 30 de junio de 2011. Asimismo, tampoco ha sido necesario el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 4 de noviembre de 2011.- Don Jérôme J.J. Gontard Administrador Solidario de Ausy Servicios de Ingeniería, Sociedad Limitada Unipersonal (anteriormente denominada Aptus España, Sociedad Limitada Unipersonal) y de Elan-Ausy España, Sociedad Limitada Unipersonal.

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