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Documento BORME-C-2011-33072

COMTOUSA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VALLE DE FISCAL, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 35306 a 35306 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-33072

TEXTO

Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil Comtousa, S.A., acordó por unanimidad de sus socios el día 30 de junio de 2011 la fusión de estas sociedades, mediante la absorción por parte de "Comtousa, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente) de "Valle de Fiscal, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbida), produciéndose la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque a favor de la sociedad absorbente, por sucesión universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo de la sociedad absorbida, quedando la sociedad absorbente plenamente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y concordantes de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, ajustándose al proyecto común de fusión previamente formulado por los Administradores únicos de ambas sociedades. Asimismo, se han aprobado los correspondientes balances de fusión, adoptándose como tales los cerrados el día 31 de diciembre de 2010, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad absorbida por cuenta de la sociedad absorbente desde el 1 de enero de 2011. Ha acordado igualmente la sociedad absorbente modificar su denominación social y adoptar la denominación de la sociedad absorbida.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la misma norma.

Barcelona, 30 de junio de 2011.- Firmado: Los Administradores de las sociedades intervinientes, Comtousa, S.A., Valle de Fiscal, S.L.U.

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