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Documento BORME-C-2011-32021

AIRY, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 34218 a 34218 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2011-32021

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de Accionistas de Airy, S.A., celebrada el día 9 de febrero de 2011, en segunda convocatoria, adoptó, entre otros, los acuerdos siguientes:

A. Previa compensación de perdidas con cargo a la totalidad de reservas de la sociedad en la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (54.504,67 €), reducir el capital social de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL CUARENTA Y UN EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (151.041,80 €) a CERO EUROS (0,00 €) con el objeto de reestablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, con cargo a perdidas acumuladas de la compañía y amortizar en su integridad las veinticinco mil noventa acciones al portador en que se divide el capital social.

B. Simultáneamente aumentar el capital social de la compañía, hasta la cifra de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €) mediante la emisión y puesta en circulación de seiscientas nuevas acciones al portador de CIEN EUROS (100,00 €) de valor nominal cada una numeradas correlativamente del uno al seiscientos, ambas inclusive, que tendrán iguales características y derechos.

El contravalor del aumento de capital acordado se efectuará mediante aportaciones dinerarias y desembolso íntegro del importe del valor nominal de cada una de las nuevas acciones emitidas.

C.- Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente, en la proporción que corresponda al valor nominal de sus antiguas acciones, durante el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de suscripción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) disponiendo de un período de suscripción de quince días desde el término del plazo de ejercicio del derecho.

En el caso de que transcurrido el plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente no hubiese sido suscrito íntegramente el aumento de capital acordado, el órgano de administración de la sociedad ofrecerá las acciones no asumidas a los socios que lo hubieran ejercitado en plazo, para su suscripción y desembolso dentro del período de suscripción fijado anteriormente.

Caso de existir varios socios interesados en asumir las acciones ofrecidas, estas se adjudicaran en proporción a las que cada uno de ellos hubiera suscrito en ejercicio de su derecho.

Málaga, 1 de septiembre de 2011.- Los Administradores Mancomunados, Iván Ferrer Linares y Óscar Ibáñez Ferrer.

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