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Documento BORME-C-2011-30245

COLT ESPAÑA , S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 32394 a 32395 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2011-30245

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de Accionistas de Colt España, S.A., debidamente convocada, celebrada el día 13 de septiembre de 2.011, en su domicilio social, adoptó los siguientes acuerdos:

1. Reducción de capital a 0 por pérdidas.

2. Ampliación de Capital Social, en la suma de 61.000,00 euros, mediante la emisión de 1000 nuevas acciones, numeradas del 0001 a 1000, ambos inclusive, por un valor nominal cada una de ellas de 61,00 euros y una prima de emisión de 372,00 euros por acción, que será desembolsado mediante compensación de créditos y con aportación dinerada, estableciéndose el derecho de suscripción preferente a favor de los actuales accionistas a los que corresponderá el derecho a suscribir una nueva acción por cada acción que posean en la actualidad.

3. Los accionistas podrán ejercitar su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el BORME.

4. El derecho de suscripción preferente se ejercitará en el domicilio social de la Compañía, justificando el ingreso del total nominal de las acciones suscritas por el accionista y de la prima de emisión en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad en el Banco de Sabadell con Código IBAN ES62 0081 5098 6900 0101 5905 (Cód. BIC/SWIFT BSABESBBXXX).

5. Una vez transcurrido el plazo de un mes previsto en el punto 3, la totalidad de las acciones que no hayan sido suscritas por los accionistas en el ejercicio de suscripción preferente, serán ofrecidas por el consejo de administración a los accionistas que, dentro del plazo, hayan ejercitado su derecho de suscripción preferente sobre la totalidad de las acciones que les correspondería suscribir y que manifestarán en su notificación su deseo de suscribir también las acciones que no fueran suscritas, indicando si lo harían por la totalidad, o hasta un número límite de las mismas, o en su caso las que proporcionalmente les correspondan de ser varios los accionistas que comuniquen su decisión de suscribir las acciones sobrantes.

En el plazo de cinco días naturales se notificará a cada uno de ellos las acciones que se les ha asignado para que en el plazo de siete días naturales procedan a efectuar en la citada cuenta bancada de la sociedad el ingreso del importe total del nominal de las acciones que les hayan sido asignadas y la correspondiente prima de emisión, remitiendo el justificante al presidente del consejo en el domicilio social.

6. Aun cuando resultara que no se suscribe íntegramente el importe total de la ampliación de capital acordada, se aprueba que en todo caso se proceda a la ejecución y formalización del aumento de capital incompleto, en la cuantía del total del nominal de todas las acciones que hayan sido suscritas y desembolsadas por los accionistas.

7. Se delega en el Presidente la facultad de ejecutar y elevar a público el acuerdo de ampliación de capital y la nueva redacción del Artículo VI de los Estatutos Sociales

Hospitalet de Llobregat, 13 de septiembre de 2011.- El Presidente del Consejo de Administración.

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