Anuncio de escisión parcial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2011, el Socio Único de "Murias Encomienda, Sociedad Limitada Unipersonal" (la "Sociedad Escindida") y de "Renverse, Sociedad Limitada" (la "Sociedad Beneficiaria") ha decido aprobar la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de la Sociedad Beneficiaria. La escisión parcial implica el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria.
Los socios y acreedores de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria tienen derecho a obtener el texto íntegro de las decisiones de escisión adoptadas, así como los balances de escisión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la escisión en el plazo y los términos previstos en el artículo 44 LME.
San Sebastián, 1 de agosto de 2011.- Don Alberto Unanua Ursua, Administrador Solidario de "Murias Encomienda, Sociedad Limitada Unipersonal", Don Ignacio Roitegui Mendiburu, Secretario del Consejo de Administración de "Renverse, Sociedad Limitada".
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