En cumplimiento de lo establecido por el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, la citada Sociedad hace público que su Junta General Ordinaria, celebrada el 13 de julio de 2011, adoptó, por unanimidad, entre otros, que no lo contradicen, un acuerdo de reducción de capital, que expresa los siguientes extremos:
I. La cifra de la reducción es de ciento veinte mil euros (120.000 euros), quedando el capital reducido a un millón seiscientos ochenta mil euros (1.680.000 euros);
II. La finalidad es la devolución de aportaciones a los socios;
III. Se efectúa mediante la amortización de 3.000 acciones, que afecta por igual a todos los accionistas;
IV. La reducción se ejecutará dentro del plazo de quince días siguiente, una vez haya transcurrido el de 30 desde la última publicación de los anuncios y, en su caso, tras cumplir con los requisitos que indica el artículo 337 LSC.
Tras la ejecución del referido acuerdo, el artículo 5 de los Estatutos Sociales quedará redactado según el siguiente tenor literal:
"Artículo 5º Capital Social: El Capital Social es de un millón seiscientos ochenta mil euros (1.680.000 euros), representado por cuarenta y dos mil (42.000) acciones ordinarias nominativas de cuarenta euros (40 euros) de valor nominal cada una, numeradas de la 1 a la 42.000, ambos inclusive. El capital está totalmente suscrito y desembolsado."
Barcelona, 29 de julio de 2011.- El Administrador solidario, Javier Condomines Concellón.
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