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Documento BORME-C-2011-28349

CONSTRUCCIONES SARRIA 2000, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
JP SARRIA ACTIUS, S.L.
CONSTRUCTORA VIPS 2000, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 30380 a 30380 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-28349

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que la Junta General Extraordinaria universal de socios de Construcciones Sarria 2000, S.L., celebrada el 22 de julio de 2011, acordó por unanimidad, su escisión parcial mediante la segregación de dos partes de su patrimonio y la cesión en bloque de cada uno de ellos a las sociedades beneficiarias de la escisión, JP Sarria Actius, S.L., y Constructora Vips 2000, S.L., ambas preexistentes, cuyas Junta General Universal Extraordinaria de Socios, también celebradas el día 22 de julio de 2011, acordaron por unanimidad aceptar ser beneficiarias de dicha escisión, cada una respecto de un bloque.

El acuerdo de escisión de Construcciones Sarria 2000, S.L., se adoptó por decisión de su socio único, Sarria Pozo Associats, S.L., el acuerdo de JP Sarria Actius, S.L., de ser beneficiaria de la misma por acuerdo unánime de todos sus socios, quienes también asistieron a la Junta, y el de Constructora Vips 2000, S.L., por decisión de su socio único, Sarria Pozo Associats, S.L.. En todos los acuerdos se cumplió con las exigencias previstas en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril. Los balances de la sociedad a escindir y de las beneficiarias que sirvieron de base para adoptar los antedichos acuerdos fueron los cerrados por dichas sociedades a 30 de junio de 2011, que fueron aprobados en las Juntas Generales de cada una de las sociedades intervinientes, celebradas el 22 de julio de 2011, por decisión de su socios único en las de Construcciones Sarria 2000, S.L., y Constructora Vips 2000, S.L., y por acuerdo unánime de todos sus socios en la de JP Sarria Actius, S.L.

Los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades intervinientes podrán solicitar el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los balances de las tres compañías. Los acreedores de las mismas podrán así mismo oponerse a la escisión, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio, tal como prevé el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, y en la forma que el mismo establece.

Barcelona, 25 de julio de 2011.- Los Administradores Solidarios de Construcciones Sarria 2000, S.L., de JP Sarria Actius, S.L., Jose Pozo García y Óscar Pozo Nielfa, y el Administrador Único de Constructora Vips 2000, S.L., José Pozo García.

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