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Documento BORME-C-2011-28224

LAMPEDUSA INVERSIONES SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 30231 a 30232 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-28224

TEXTO

Se hace público que la Junta General de Accionistas celebrada el día 29 de junio de 2011 en primera convocatoria adoptó, por unanimidad del 99,97 por 100 del capital social suscrito y desembolsado de la Sociedad que asistió a la Junta, los acuerdos que seguidamente se señalan, correspondientes a los puntos quinto y sexto del Orden del Día de dicha Junta y relativos a la ampliación del capital social con cargo a reservas disponibles de la sociedad y a la posterior modificación de las cifras de capital.

1º) Aumentar el capital social con cargo a las Reservas Disponibles de la Sociedad mediante la elevación del valor nominal actual de cada una de las 365.807 acciones en circulación, en 5 Euros, por lo que el nuevo valor nominal de cada acción queda fijado en 15 Euros.

Dicho aumento de capital se ha acordado en base al Balance a 31 de diciembre de 2010, verificado con fecha 6 de abril de 2011 por Deloitte, Sociedad Limitada, Auditores de Cuentas de la Sociedad, y cuya aprobación fue acordada en la misma Junta General.

Como consecuencia del aumento, modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, el cual quedará en adelante redactado en la forma siguiente:

1. El capital social inicial queda fijado en cuatro millones cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta (4.056.840) euros, representado por doscientas setenta mil cuatrocientas cincuenta y seis (270.456) acciones nominativas de 15 Euros (Quince Euros) nominales cada una, y está íntegramente desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en treinta y seis millones sesenta mil setecientos treinta y cinco (36.060.735) Euros, representado por dos millones cuatrocientas cuatro mil cuarenta y nueve (2.404.049) acciones nominativas de 15 Euros (Quince Euros) nominales cada una.

3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general.

2º) Acordar a continuación la modificación de las cifras de capital social inicial de la Sociedad, fijando el capital social inicial en 2.400.000 Euros, representado por 160.000 acciones de 15 euros de valor nominal cada una de ellas y el capital estatutario máximo en 24.000.000 Euros, representado por 1.600.000 acciones de 15 Euros de valor nominal cada una de ellas, haciendo constar que la modificación estatutaria que se propone no supone una reducción de capital de las recogidas en el artículo 317 de la vigente Ley de Sociedades de Capital.

Como consecuencia de lo anterior, modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales, el cual quedará en adelante redactado en la forma siguiente:

1. El capital social inicial queda fijado en dos millones cuatrocientos mil (2.400.000) euros, representado por ciento sesenta mil (160.000) acciones nominativas de 15 Euros (Quince Euros) nominales cada una, y está íntegramente desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en veinticuatro millones (24.000.000) euros, representado por un millón seiscientas mil (1.600.000) acciones nominativas de 15 Euros (Quince Euros) nominales cada una.

3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general.

El presente acuerdo se adopta con la finalidad de otorgar mayor liquidez a los accionistas de la Sociedad.

Madrid, 29 de julio de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración.

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