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Documento BORME-C-2011-27058

ÁNGEL ARRONA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 29009 a 29009 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2011-27058

TEXTO

La junta extraordinaria de socios celebrada el día 29 de junio de 2011, acordó con el voto favorable del 58% del capital social, reducir el capital social a cero y realizar una ampliación de capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, y a los efectos de posibilitar el ejercicio de por los socios de su derecho de Asunción preferente, se pone de manifiesto lo siguiente:

Se acordó la reducción de capital de 120.000 € a cero euros con cargo a resultados negativos y la simultanea ampliación de capital social en metálico de 120.000 € mediante la emisión y la puesta en circulación de 1.200 nuevas acciones nominativas de 100 euros de valor nominal cada una numeradas de la 1 a la 1.200 ambas inclusive con una prima de emisión de 100 euros por cada acción.

Todas las acciones tienen un valor nominal idéntico y otorgaran los mismos derechos políticos y económicos que las preexistentes.

Se reconoce el derecho de suscripción y adquisición preferente de los socios, de conformidad con lo prevenido en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital y con los Estatutos Sociales.

Se acuerda el siguiente procedimiento y plazo para la suscripción y desembolso de la ampliación de capital:

Se procederá al desembolso de la ampliación suscrita mediante la aportación en metálico.

Aquellos socios que opten por ejercitar su derecho de suscripción preferente habrán de hacerlo en el plazo de dos meses esto es, hasta el día 30 de septiembre de 2011, desde la publicación del presente acuerdo en el BORME, comunicando por escrito y fehacientemente al órgano de administración de la Sociedad. Se considerara que aquellos socios que no comuniquen nada al órgano de administración de la Sociedad renuncian a su derecho de suscripción.

Una vez transcurrido dicho plazo, se procederá, en los siguientes quince días a comunicar a los suscriptores cual es el número de acciones objeto de la suscripción, y se conferirá un plazo de 30 días para el efectivo desembolso del capital suscrito.

Una vez transcurrido dicho plazo y realizados los desembolsos se procederá a elevar a escritura publica ante notario la ampliación de capital, para su posterior inscripción en el Registro Mercantil.

Quedó facultado el Órgano de Administración de la Sociedad para verificar la ejecución del aumento, dando nueva redacción al artículo número 5 de los estatutos sociales referentes al capital social, adaptándolo a la nueva cifra de Capital resultante.

Aizarnazabal,, 19 de julio de 2011.- Óscar Encina Cusi. Administrador único.

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