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Documento BORME-C-2011-26587

CONGELADOS MARINOS PROMAR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FRIGORÍFICOS FANDIÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 28521 a 28521 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-26587

TEXTO

Se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Frigoríficos Fandiño, Sociedad Anónima y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Congelados Marinos Promar, Sociedad Limitada, celebradas ambas el día 14 de julio de 2011, han aprobado la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Congelados Marinos Promar, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) de "Frigoríficos Fandiño, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida), mediante la transmisión a título universal del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida, con ampliación del capital social de la sociedad absorbente en la cifra correspondiente, todo ello de conformidad con el Proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de las referidas Sociedades con fecha 20 de mayo de 2011, y depositado debidamente en el Registro Mercantil de Pontevedra.

Se hace constar que se aprobaron los respectivos balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2010 como balances de Fusión, y que las operaciones de las Sociedades absorbidas se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente a efectos contables a partir del 1 de enero de 2011.

Se constata que ambas sociedades en las mencionadas Juntas celebradas el día 14 de julio de 2011 han aprobado el cambio de denominación de la sociedad absorbente por la de "Grupo Profand, Sociedad Limitada".

Los Estatutos Sociales vigentes con posterioridad a la Fusión por absorción serán los que actualmente rigen para la Sociedad Absorbente, con las únicas modificaciones de los artículos: 1, 2, 3, 6, 8, 13, 14 y 23.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Vigo, 15 de julio de 2011.- El Administrador Único de Frigoríficos Fandiño, Sociedad Anónima, don Fernando Santos Saco Rodríguez.-El Secretario del Consejo de Administración de Congelados Marinos Promar, Sociedad Limitada, don Gabriel Baltar Giraud.

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