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Documento BORME-C-2011-26173

NEOPLAST, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NEOYPLAXCO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
NEOATLAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 28094 a 28095 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-26173

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el proyecto común de fusión de "Neoyplaxco, S.L." y "Neoatlan, S.L.", que serán absorbidas por "Neoplast, S.A.", redactado y suscrito por los administradores de estas sociedades con fecha 31 de marzo de 2011 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid y Pontevedra el día 3 de junio de 2011 y el 4 de junio de 2011, respectivamente; proyecto que supondrá el traspaso en bloque a "Neoplast, S.A." (sociedad absorbente) del patrimonio social de "Neoyplaxco, S.L." y "Neoatlan, S.L." (sociedades absorbidas) a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de dos sociedades íntegramente participadas. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por las juntas generales de las sociedades absorbidas.

De conformidad con el citado artículo 51.1 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios de la sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades, el proyecto común de fusión, las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, con el correspondiente informe del Auditor de cuentas de "Neoplast, S.A.", única sociedad participante en la Fusión a la que es exigible legalmente dicho informe, así como el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los textos íntegros de dicha documentación.

No ha de efectuarse informe de experto independiente al tratarse de absorción de sociedades íntegramente participadas.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de "Neoplast, S.A." (sociedad absorbente) cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de "Neoplast, S.A." (sociedad absorbente), a exigir la celebración de la junta general para la aprobación de la fusión, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio, mediante requerimiento notarial a los Administradores.

Parla, 22 de junio de 2011.- Don Raúl García Magán como representante del Administrador único de "Neo Inver, S.L.".

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