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Documento BORME-C-2011-26166

CARTERA DE ACCIONES, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MOBILCARTERA, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 28086 a 28087 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-26166

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Generales de Accionistas de Mobilcartera, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima y Cartera de Acciones, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima, reunidas en primera convocatoria en Madrid el 20 de junio de 2011, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión de dichas sociedades, una vez se obtenga la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, mediante la absorción de Mobilcartera, Sociedad de Inversión de Capital de Variable, Sociedad Anónima, que se disuelve sin liquidación, por Cartera de Acciones, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión se ha acordado conforme al Proyecto común de fusión aprobado por los respectivos Consejos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión el 3 de marzo de 2011, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 29 de marzo de 2011, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 69, de 8 de abril de 2011.

La fusión se realiza tomando como Balances de Fusión los de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2010 aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan dichos balances únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable y aprobada por las Juntas Generales de Accionistas se obtiene a partir de los respectivos valores liquidativos por acción de las sociedades intervinientes en la fusión a fecha 19 de junio de 2011, calculados de acuerdo con la normativa específica vigente para las Sociedades de Inversión de Capital Variable.

El tipo de canje que se aplicará será el siguiente:

2 acciones de MOBILCARTERA, SICAV, S.A., por 5 acciones de CARTERA DE ACCIONES, SICAV, S.A., más un importe complementario de 0,11487054 euros por cada dos acciones de la primera.

Los accionistas de las sociedades absorbidas podrán agrupar sus acciones a efectos del canje.

Los picos de acciones de la sociedad absorbida, que representen una fracción de acción de la sociedad absorbente, serán adquiridos por ésta a su valor liquidativo, correspondiente al 19 de junio de 2011, día anterior al fijado para la celebración en primera convocatoria de la Junta General de Accionistas. En ningún caso el importe en efectivo satisfecho por la sociedad absorbente excede del límite del 10% previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

A efectos contables, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida Mobilcartera, Sociedad de Inversión de Capital de Variable, Sociedad Anónima, se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente Cartera de Acciones, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima, será la de 20 de junio de 2011.

No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión, ni a favor del Experto Independiente que ha intervenido en la misma, ni derechos especiales a ningún tipo de acciones.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en la misma, de los respectivos balances de fusión, y de las certificaciones de los respectivos valores liquidativos por acción emitidos por la Sociedad Gestora de las sociedades fusionadas Urquijo Gestión, Sociedad Anónima Unipersonal, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de acuerdo de fusión.

Madrid, 30 de junio de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración de Cartera de Acciones, SICAV, S.A. y la Secretaria del Consejo de Administración de Mobilcartera, SICAV, S.A.

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