La Junta General Extraordinaria de socios de "Render Proyectos, S.L." celebrada el 15/06/2011 decide por unanimidad la escisión parcial a través de escisión de una Ud. dedicada al alquiler, promoción y compraventa de bienes inmuebles (Valor: 350.000,00 euros) y transmisión a la sociedad de nueva creación "Venimos para Quedarnos, S.L."
La escisión se acordó en base al Informe de los Administradores Solidarios de la entidad el 14/06/2011.
La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas por la sociedad beneficiaria será el día de la escritura de escisión (25/07/2011).
No se atribuyen en la sociedad beneficiaria ventajas a Administradores de la sociedad escindida. La escisión se acoge al régimen fiscal del Capítulo VIII del título octavo de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
Se anuncia el derecho de socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores cuyos créditos estén vencidos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este acuerdo.
Elche, 16 de junio de 2011.- Los Administradores Solidarios. Eduardo Rial Cruz y José María Baeza Pérez.
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