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Documento BORME-C-2011-22112

LET´S GOWEX, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 23855 a 23858 (4 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2011-22112

TEXTO

Ampliación de Capital con Derecho de Suscripción Preferente.

En cumplimiento del artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), en relación con el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de Let´s Gowex, Sociedad Anónima ("Gowex"), se comunica que el Consejo de Administración de Gowex, con fecha 3 de junio de 2011, al amparo de la autorización conferida a favor del Consejo de Administración por la Junta General Ordinaria de accionistas de Gowex de 5 de mayo de 2011 para acordar el aumento de capital mediante aportaciones dinerarias conforme al artículo 297.1 b) de la LSC, adoptó el acuerdo de aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias, con derecho de suscripción preferente, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan a continuación (la "Ampliación de Capital"):

1. Importe del aumento y acciones a emitir.

El capital social se aumenta mediante aportaciones dinerarias por un importe nominal total de 71.141,85 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 1.422.837 acciones ordinarias de cinco céntimos (0,05) de euro de valor nominal y de la misma clase y serie que las acciones de Gowex actualmente en circulación. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal de cinco céntimos (0,05) de euro más una prima de emisión de 4,79 euros, de lo que resulta un tipo de emisión por acción de 4,84 euros (el "Precio de Suscripción"). El importe total de la emisión, considerando el Precio de Suscripción, ascenderá a 6.886.533 euros o, en su caso, al importe que resulte en el supuesto de suscripción incompleta.

Las nuevas acciones se representarán por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable está atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal ("Iberclear") y a sus entidades participantes (las "Entidades Participantes").

BNP Paribas Securities Services, Sucursal en España ha sido designada como entidad agente de la Ampliación de Capital (la "Entidad Agente").

2. Derechos políticos y económicos.

Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Gowex actualmente en circulación a partir de la fecha en la que la Ampliación de Capital se declare suscrita y desembolsada.

3. Períodos de suscripción.

(a) Período de Suscripción Preferente

De acuerdo con lo previsto en el artículo 305 de la LSC, los accionistas de Gowex tendrán derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones. Los derechos de suscripción preferente se asignarán a los accionistas de Gowex que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de Iberclear a las 23:59 horas del día de publicación del presente anuncio en el BORME (los "Accionistas Legitimados").

A cada acción existente de Gowex le corresponderá un derecho de suscripción preferente. Serán necesarios ocho (8) derechos de suscripción preferente para suscribir una (1) acción de nueva emisión.

Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 306.2 de la LSC, y serán negociables en el Mercado Alternativo Bursátil a partir del tercer día hábil siguiente al de la publicación del presente anuncio y durante un plazo de 5 días hábiles.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 305 de la LSC, el período de suscripción preferente tendrá una duración de un mes y comenzará el día siguiente al de la publicación de este anuncio, cuya finalización estimada será el 7 de julio de 2011 (el "Período de Suscripción Preferente"). Este período no será prorrogable. Los Accionistas Legitimados podrán ejercer sus derechos de suscripción preferente durante el Período de Suscripción Preferente.

Para ejercitar los derechos de suscripción preferente, los Accionistas Legitimados deberán dirigirse a la Entidad Participante de Iberclear en cuyo registro contable tengan inscritos los derechos de suscripción preferente (que será la Entidad Participante en la que tengan depositadas las acciones que les confieren tales derechos), indicando su voluntad de ejercitar sus derechos de suscripción preferente.

Las órdenes que se cursen referidas al ejercicio del derecho de suscripción preferente se entenderán formuladas con carácter firme, incondicional e irrevocable y conllevan la suscripción de las acciones nuevas a las cuales se refieren.

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del Período de Suscripción Preferente.

(b) Período de Asignación Discrecional.

Si tras la determinación por parte de la Entidad Agente del número de acciones nuevas suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente quedasen acciones nuevas por suscribir y adjudicar, la Entidad Agente lo pondrá en conocimiento del consejo de Administración no más tarde de las once horas de Madrid del cuarto día hábil siguiente a la finalización del Período de Suscripción Preferente ("Comunicación del Agente") y se iniciará un período de asignación de las Acciones de Asignación Discrecional. Ese período tendrá una duración máxima de dos (2) días hábiles, comenzando con la Comunicación del Agente y cuya finalización se estima para el día el día 13 de julio de 2011 (el "Período de Asignación Discrecional").

Durante este período, se colocarán las Acciones de Asignación Discrecional entre las personas que revistan la condición de inversores cualificados en España y fuera de España según la normativa aplicable en cada país quienes podrán presentar propuestas de suscripción de Acciones de Asignación Discrecional ante la entidad colocadora Aurel BGC y aquellas otras que pueda designar al efecto la Compañía. Las propuestas de suscripción realizadas durante el Período de Asignación Discrecional serán firmes, incondicionales e irrevocables e incluirán el número de Acciones de Asignación Discrecional que cada inversor esté dispuesto a suscribir al Precio de Suscripción. Una vez comunicadas las asignaciones de Acciones de Asignación Discrecional a los inversores, sus propuestas se convertirán en órdenes de suscripción en firme.

(c) Suscripción incompleta.

El acuerdo de aumento del capital social ha previsto expresamente la posibilidad de suscripción incompleta, por lo que, en el supuesto de que el aumento no fuera suscrito íntegramente dentro del plazo fijado para su suscripción, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones realizadas. Una vez se produzca el desembolso de las acciones efectivamente suscritas, Gowex procederá a declarar suscrita y cerrada la ampliación de capital determinando su importe definitivo mediante hecho relevante.

4. Desembolso.

El desembolso íntegro del Precio de Suscripción de cada acción nueva suscrita durante el Período de Suscripción Preferente se deberá realizar por los suscriptores en el momento de realizar la solicitud y a través de las Entidades Participantes por medio de las cuales hayan cursado sus órdenes de suscripción.

El desembolso íntegro del Precio de Suscripción de cada Acción de Asignación Discrecional deberá realizarse no más tarde de las quince horas de Madrid del 13 de julio de 2011

5. Admisión a cotización.

Gowex va a solicitar la admisión a cotización de las nuevas acciones emitidas en el MAB y en aquellos mercados extranjeros en los que cotizan las acciones de Gowex, estimando que, salvo imprevistos, las acciones nuevas serán admitidas a cotización en el MAB dentro de los dos (2) días hábiles bursátiles siguientes a la inscripción de las acciones nuevas como anotaciones en cuenta en Iberclear y, en todo caso, en el plazo máximo de quince (15) días hábiles bursátiles desde la fecha en que se declare, mediante hecho relevante, suscrita y cerrada la ampliación de capital en virtud del cual se emitirán las acciones nuevas.

6. Gastos.

Gowex no repercutirá gasto alguno a los suscriptores en relación a las acciones suscritas. No se devengarán tampoco gastos por la primera inscripción de las acciones en los registros contables de las Entidades Participantes. No obstante, las Entidades Participantes que mantengan cuentas de los titulares de las acciones de Gowex podrán establecer, de acuerdo con la legislación vigente, y sus tarifas publicadas, las comisiones y gastos repercutibles en concepto de administración que libremente determinen, derivados del mantenimiento de los valores en los registros contables. Asimismo, la compra o venta de derechos de suscripción preferente estará sujeta a las comisiones que libremente establezcan las Entidades Participantes a través de la cual dicha compra o venta se realice.

7. Documento Informativo sobre la ampliación.

Gowex ha elaborado un documento informativo sobre el Aumento de Capital (conforme a la Circular del MAB 1/2011) ha sido aprobado y registrado por la Comisión Ejecutiva del MAB (el "Documento de Ampliación"). Existen ejemplares del Documento a disposición del público en el domicilio social de Gowex y, en formato electrónico, en las páginas web del Gowex (www.gowex.com) y del MAB (http://www.bolsasymercados.es/mab/esp/marcos.htm). Se señala que la Comisión Nacional del Mercado de Valores no ha aprobado ni efectuado ningún tipo de verificación con relación a la información contenida en el Documento de Ampliación.

Madrid, 3 de junio de 2011.- Francisco Manuel Martínez Marugán, Secretario del Consejo de Administración.

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