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Documento BORME-C-2011-21983

CRC CORPORACIÓ SANITÀRIA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 23720 a 23721 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2011-21983

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 31 de mayo de 2011, se convoca Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CRC Corporació Sanitària, Sociedad Anónima, que habrá de celebrarse en las dependencias de la compañía sitas en Barcelona, calle Tavern, 61, el día 7 de julio de 2011, a las dieciocho horas, en primera convocatoria, y, caso de no reunirse quórum suficiente, al siguiente día 8, en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, para deliberar y resolver sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Ampliación de Capital Social en la cifra de 751.250,00 euros, mediante la emisión de 12.500 acciones de una nueva Clase B, con importantes limitaciones en cuanto a su suscripción y transmisión, ya que solo podrán ser suscritas y transmitidas por trabajadores y colaboradores de la compañía, y en cuanto a su rentabilidad, por lo que el tipo de emisión será al valor nominal de 60,10 euros por acción. Supresión total del derecho de suscripción preferente de los accionistas, de conformidad con el artículo 308 del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Segundo.- Modificación de los Artículos 5 y 6 de los Estatutos Sociales. En cuanto al Artículo 5 como consecuencia de la ampliación de capital, y en cuanto al Artículo 6, relativo a los requisitos de transmisión de acciones, como consecuencia de la creación y emisión de acciones de la nueva Clase B.

Tercero.- Nombramiento de auditores de la compañía.

Cuarto.- Modificación del Artículo 8 de los Estatutos Sociales, fijando la composición del Consejo de Administración en un número mínimo de 3 miembros y un máximo de 5, e incluyendo la posibilidad de percibir dietas.

Quinto.- Modificación de los Artículos 10, 11, 12 y 20 de los Estatutos Sociales; en cuanto al Artículo 10 referente a quórum de asistencia a Juntas Generales, refuerzo de mayorías para la toma de determinados acuerdos y aumento de participación societaria mínima para asistir a las Juntas Generales; en cuanto al Artículo 11 limitaciones para acceder al cargo de Consejero y modificación del plazo de duración del cargo; en cuanto al Artículo 12, refuerzo de mayorías para la adopción de acuerdos en el seno del Consejo de Administración; y en cuanto al Artículo 20, ampliación de incompatibilidades para el ejercicio de cargos sociales.

Sexto.- Ruegos y preguntas.

Séptimo.- Delegación de facultades para la elevación a instrumento público, formalización, desarrollo, subsanación y ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas.

Derecho de información. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital y demás normativa aplicable, se hace constar que a partir de la presente convocatoria cualquier accionista tiene derecho a examinar en el domicilio social de la compañía, y a obtener de forma inmediata y gratuita, tanto el texto íntegro de la propuesta de los acuerdos propuestos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, como el Informe del Consejo de Administración sobre dichas propuestas de acuerdos. Se hace constar asimismo que de conformidad con el Artículo 308.2.b del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, todos los socios tienen derecho a examinar en el domicilio social y en relación a la ampliación de capital, tanto el informe elaborado por el Consejo de Administración, como el informe elaborado por el experto independiente designado por el Registro Mercantil, así como pedir la entrega o el envío gratuito de estos documentos. Se hace constar también que hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen pertinentes, estando obligados los administradores a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la Junta General. Derecho de Asistencia. Se hace constar expresamente que tendrán derecho de asistencia a la Junta todos los accionistas que cumplan los requisitos legales y estatutarios establecidos al efecto. Derecho de Representación y Voto. Los accionistas que no puedan asistir a esta Junta General de Accionistas podrán hacerse representar por medio de otra persona accionista, cumpliendo los requisitos y formalidades exigidos por los Estatutos Sociales y por la Ley. El derecho de voto, así como cualquier otro que pueda corresponder a los accionistas, se ejercitará de conformidad con lo previsto en los Estatutos Sociales y, en su defecto, en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Asistencia de Notario. Se pone en conocimiento de los accionistas que el Consejo de Administración, para facilitar la elaboración del acta de la reunión, ha acordado requerir la presencia de un Notario para que asista a esta Junta General de Accionistas y levante la correspondiente acta notarial de la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y disposiciones concordantes.

Barcelona, 2 de junio de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración, Ramón Miró Domenech.

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