A los efectos del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo de la Junta General y Universal de la mercantil Belucha 2000, S.L., celebrada en San Juan de Alicante, el 16 de mayo de 2011, se acordó lo siguiente:
La escisión por parte de Belucha 2000, S.L. (sociedad escindida) a favor de la mercantil Anamar Proyectos, S.L., que a estos efectos se constituye (sociedad beneficiaria), de una rama de actividad de la primera, consistente en el arrendamiento de bienes inmuebles. A tal fin se modifica el objeto social de la sociedad escindida.
Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a los mismos, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio.
San Juan, 16 de mayo de 2011.- Doña María del Mar Llorca Izquierdo, Administrador único de la mercantil Belucha 2000, S.L.
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