Está Vd. en

Documento BORME-C-2011-21185

ASEFA, S.A. SEGUROS Y REASEGUROS
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EXCELSA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
Y LA BOREAL MÉDICA DE SEGUROS, S.A.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 103, páginas 22886 a 22886 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-21185

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y el artículo 72.2 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, se hace público que, con fecha de 25 de mayo de 2011, en la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la mercantil Asefa, Sociedad Anónima Seguros y Reaseguros, y en las decisiones de los socios únicos de Excelsa, Sociedad Anónima Compañia de Seguros (Sociedad Unipersonal) y La Boreal Médica de Seguros, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), se acordó por unanimidad la fusión por absorción de las Sociedades Excelsa, Sociedad Anónima Compañia de Seguros (Sociedad Unipersonal) y La Boreal Médica de Seguros, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal) ("Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Asefa, Sociedad Anónima Seguros y Reaseguros ("Sociedad Absorbente"). En este sentido, Asefa, Sociedad Anónima Seguros y Reaseguros adquirirá por sucesión universal los patrimonios de las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán, sin que proceda aumento de capital social en la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo previsto tanto en el proyecto común de fusión depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Barcelona, como en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, ya que las Sociedades Absorbidas se encuentran íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la presente fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 44 de la mencionada Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Por último, se advierte a todos los tomadores de pólizas de seguros realizadas por cualquiera de las compañías afectadas por la fusión, de su derecho a comunicar a la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones, en el plazo de un mes desde la última publicación, las razones que, en su caso, pudieran alegar para oponerse a la fusión descrita.

Madrid, 26 de mayo de 2011.- Firmado: Don Abraham Toledano Laredo, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de las Sociedades Asefa, Sociedad Anónima Seguros y Reaseguros; Excelsa, Sociedad Anónima Compañía de Seguros (Sociedad Unipersonal), y La Boreal Médica de Seguros, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid