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Documento BORME-C-2011-2093

PARCELATORIA DE GONZALO CHACÓN, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VALENCIA DE GESTIÓN DE NIEVE, S.L.
MADRID XANADU 2001, S.A.
GESTIÓN DE NIEVE DEL MEDITERRÁNEO, S.L.
RESTAURACIONES MADRID XANADU, S.L.
SILSPARO, B.V.
TOLKA, B.V.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 21, páginas 2173 a 2174 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-2093

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 se hace público que las Juntas Generales de "Valencia de Gestión de Nieve, S.L.", "Madrid Xanadú 2001, S.A.", "Gestión de Nieve del Mediterráneo, S.L.", "Restauraciones Madrid Xanadú, S.L.", "Silsparo, B.V." y "Tolka, B.V." y "Parcelatoria de Gonzalo Chacón, S.A.", celebradas el 14 de enero de 2011, respectivamente aprobaron, la fusión por absorción impropia de "Valencia de Gestión de Nieve, S.L.", "Madrid Xanadú 2001, S.A.", "Gestión de Nieve del Mediterráneo, S.L.", "Restauraciones Madrid Xanadú, S.L.", "Silsparo, B.V." y "Tolka, B.V." por "Parcelatoria de Gonzalo Chacón, S.A.", conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación las sociedades absorbidas, transmitiendo en bloque su patrimonio social a "Parcelatoria de Gonzalo Chacón, S.A.", y en consecuencia la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2011, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por las sociedades absorbidas se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 1 de agosto de 2010, sin modificaciones de capital, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de las sociedades absorbidas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales, en los términos previstos en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 14 de enero de 2011.- El Administrador único de "Parcelatoria de Gonzalo de Chacón, S.A.", Jaafar Jawad Al Jalabi.-Los Administradores Solidarios de "Gestión de Nieve del Mediterráneo, S.L.", Jaafar Jawad Al Jalabi y Miguel Ángel Taus Rodríguez.-El Consejo de Administración de "Madrid Xanadú 2001, S.L.", Jaafar Jawad Al Jalabi, Miguel Ángel Taus Rodríguez y José María Sanjuan Borda.-El Administrador único de "Restauraciones Madrid Xanadú, S.L.".-La sociedad "Parcelatoria de Gonzalo de Chacón" y en su representación Miguel Ángel Taus Rodríguez.-El Administrador único de "Valencia Gestión de Nieve, S.L.", Jaafar Jawad Al Jalabi.-El Administrador único de "Silsparo, B.V.".-La sociedad "TMF Management B.V.", y en su representación Timo Johannes Van Rijn y Robert Willen de Koning.-El Administrador único de "Tolka, B.V.".-La sociedad "TMF Management B.V.", y en su representación Timo Johannes Van Rijn y Robert Willen de Koning.

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