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Documento BORME-C-2011-19345

PROJABEL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
HORTOJABEL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 20891 a 20891 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-19345

TEXTO

En cumplimiento del artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se publica que en el día 31.03.11, se reunieron en la sede social los cuatro únicos socios existentes y, aceptando constituirse en Junta Universal, acordaron unánimemente:

a) La escisión de la sociedad segregando la finca rústica "Los Manzano" de 3,4 Ha, que constituye una unidad económica autónoma sita en la Ctra. De El Ejido a Almerimar, integrada por 3 fincas registrales n.º 41.393, 41.395 41.397, gravadas con 2 préstamos hipotecarios subrogados a PROJABEL, S.L., de Cajagranada y de José Luis Muñoz Giménez, que reducen su valor neto de deuda a un importe claramente inferior al Patrimonio Neto Contable a 31.12.10., para posibilitar la entrada de nuevos socios en su posterior desarrollo inmobiliario.

b) Reducir el capital social de la sociedad escindida reduciendo el valor nominal unitario de cada una de sus participaciones.

c) Constituir por escisión una nueva sociedad limitada beneficiaria denominada HORTOJABEL S.L., mediante la aportación no dineraria de la finca rústica escindida y los 2 citados préstamos hipotecarios vinculados, sin plantilla adscrita, con idéntico número de participaciones, distribución social, domicilio social, Administradora Única y estatutos que PROJABEL, S.L., salvo en el Objeto, en el Valor nominal unitario y en el Capital social.

No procede la aprobación previa de un proyecto de escisión al amparo del artículo 42 de la Ley 3/2009, por tratarse de sociedades limitadas y haberse alcanzado un acuerdo unánime.

Según el artículo 43.1 de la citada Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la sociedad escindida de obtener en el domicilio social los acuerdos íntegros de escisión y el Balance de Escisión, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la misma en el plazo de un mes tras la publicación de los anuncios de escisión, a partir del cual se escriturarán, elevará a pública e inscribirá registralmente.

El Ejido, 18 de mayo de 2011.- M.ª Isabel Berenguer Vargas, Administradora Única.

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