Anuncio de reducción y aumento de capital social de la sociedad Real Racing Club de Santander, S.A.D.
De conformidad con lo establecido en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en fecha 19 de diciembre de 2010, la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Real Racing Club de Santander, S.A.D. (la "Sociedad") aprobó reducir y aumentar el capital social de la Sociedad simultáneamente de conformidad con lo establecido en los artículos 343 y ss. del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, esto es, mediante una reducción del capital social por un importe de dos millones setecientos seis mil cuatrocientos cincuenta y siete euros con cero noventa y ocho céntimos de euro (2.706.457,098 €) y simultáneamente, en unidad de acto y sin solución de continuidad, un aumento de su capital social por importe máximo de hasta dos millones setecientos cincuenta mil euros (2.750.000 €) aproximadamente, con una prima de emisión total máxima de ocho millones cincuenta mil euros (8.050.000 €), aproximadamente, mediante la emisión de hasta 2.115.384.615 nuevas acciones con un valor nominal de 0,0013 euros, y con una prima de emisión por acción de 0,0038 euros con los mismos derechos y obligaciones que las existentes. El aumento de capital se llevará a cabo con cargo a (i) la compensación de un crédito líquido, vencido y exigible por importe de siete millones de euros (7.000.000 €) que Dumviro Ventures, S.L. (accionista a la fecha de celebración de la referida Junta General de Accionistas) ostentaba frente a la Sociedad y que trae causa en el préstamo participativo suscrito entre ellos en fecha 11 de enero de 2007; y (ii) a las aportaciones dinerarias a realizar por parte de los accionistas de la Sociedad por importe máximo de hasta tres millones ochocientos mil euros (3.800.000 €), conforme a los términos de la oferta de suscripción que se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
El derecho de suscripción preferente podrá ser ejercitado durante el plazo de cuarenta y cinco (45) días naturales a contar desde la fecha de publicación de la oferta de suscripción. El aumento podrá suscribirse, según consta en el Informe del Consejo de Administración que se encuentra a disposición de los accionistas en el domicilio social desde la fecha de publicación de la convocatoria de la Junta, de forma incompleta, quedando aumentado por tanto en la cuantía de las suscripciones efectuadas tal y como se refleja en la oferta de suscripción.
A los efectos del artículo 324 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se deja expresa constancia de que la reducción de capital proyectada tiene por única finalidad el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad. Por consiguiente, se deja expresa constancia, que de conformidad con el artículo 335.a) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, queda excluido el derecho de oposición de los acreedores.
Santander, 9 de mayo de 2011.- Roberto Bedoya Arroyo, Secretario del Consejo de Administración.
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