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Documento BORME-C-2011-11173

SANITAS, SOCIEDAD LIMITADA DE DIVERSIFICACIÓN
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SANITAS SALUD Y BIENESTAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 77, páginas 11907 a 11907 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-11173

TEXTO

Se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la sociedad "Sanitas, Sociedad Limitada de Diversificación", reunida con el carácter de Universal, con fecha 15 de abril de 2011, ha decidido por unanimidad aprobar la fusión por absorción de "Sanitas Salud y Bienestar, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedad absorbida), por parte de "Sanitas, Sociedad Limitada de Diversificación" (sociedad absorbente), que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la sociedad absorbida, y sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por estar la sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, todo ello en los términos contenidos en el acuerdo de fusión de 15 de abril de 2011, adoptado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME").

Asimismo, dado que la sociedad absorbente, es titular de forma directa de todas las participaciones en que se divide el capital de la sociedad absorbida, y de conformidad con lo establecido en la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que la fusión ha sido aprobada por unanimidad por los socios de la sociedad absorbente, sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida ni con la elaboración de un proyecto de fusión.

En consecuencia, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 15 de abril de 2011.- Doña Mónica Paramés García-Astigarraga, Secretaria del Consejo de Administración de las sociedades "Sanitas, Sociedad Limitada de Diversificación" y "Sanitas Salud y Bienestar, Sociedad Limitada Unipersonal".

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