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Documento BORME-C-2010-7206

ABILITY SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 7659 a 7659 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2010-7206

TEXTO

A los efectos de lo establecido en el artículo 165 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Compañía, en su sesión celebrada el día 17 de febrero de 2010, acordó, por unanimidad, y como consecuencia del acuerdo consistente en la devolución de aportaciones a los accionistas, reducir el capital social mediante la reducción del valor nominal de todas las acciones en 11,397401 euros por acción, lo que supone reducir la cifra del capital social en la cantidad de 2.285.190,297901 euros respecto del capital suscrito, siendo la cantidad que efectivamente se hace entrega a los accionistas, en proporción a su participación en la sociedad, de 2.279.913,301238. Asimismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas acordó, por unanimidad, la modificación del artículo 5º de los estatutos sociales atemperándolos a la legislación vigente.

Dicho artículo quedó en lo sucesivo con la siguiente redacción literal:

"Artículo 5. Capital social

1. El capital social inicial queda fijado en 2.400.000 euros, representado por 200.000 acciones nominativas, de 12 euros nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.

2. El capital estatutario máximo se establece en 24.000.000 euros, representado por 2.000.000 acciones nominativas, de 12 euros nominales cada una.

3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general."

La reducción, y abono a los accionistas titulares de acciones de la sociedad del importe correspondiente a la presente reducción de capital, deberá ejecutarse antes del treinta y uno de diciembre de 2010.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 31 de marzo de 2010.- El Vicesecretario del Consejo de Administración, don Rahul Hariram Dayaram Idnani.

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